CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA EN LOS NEGOCIOS (14 de diciembre de 2006)
Este Código de Ética y Conducta en los Negocios ("Código") tiene como propósito documentar los principios de conducta y ética para ser seguidos por Yamana Gold Ltd. (La "Compañía") y sus empleados, funcionarios y directores. Su propósito deberá promover conductas honestas y éticas, inclusive el manejo ético de conflictos de intereses reales o aparentes.
CONFLICTOS DE INTERÉS - Los Empleados, funcionarios y directores de Yamana evitarán las situaciones donde su interés personal pueda entrar en conflicto con, o solo aparentar poner en conflicto con, los intereses de la Compañía y sus accionistas. En caso de que algún potencial conflicto de interés surja implicando a un Empleado o a un Funcionario, el individuo implicado deberá notificar inmediatamente por escrito al Director General (CEO) y ninguna acción adicional podrá tomarse, salvo dispuesto por el Director General (CEO). En caso de que algún potencial conflicto de interés surja implicando a un Director, el individuo implicado deberá notificar inmediatamente por escrito al Presidente del Directorio y al Director General (CEO), o en el caso de un conflicto que involucre al Presidente del Directorio, el Presidente del Comité de Control de la Compañía y el Director General (CEO), por escrito y ninguna acción adicional podrá tomarse salvo dispuesto por el Presidente del Directorio o el Presidente del Comité de Control de la Compañía, según sea aplicable, y el Director General (CEO).
TRATO CON PROVEEDORES - La compra de bienes y servicios de la Empresa se hará exclusivamente en función del precio, la calidad, el servicio y las necesidades de la Empresa. Se prohíbe a los empleados, funcionarios o directores aceptar obsequios de dinero o recibir cualquier tipo de comisiones confidenciales personales, bonificaciones u otro pago “no declarado". Los empleados, funcionarios y directores pueden aceptar obsequios no monetarios que no fueron solicitados, siempre que sean obsequios apropiados y acostumbrados para la industria.
TRATO CON FUNCIONARIOS PÚBLICOS - Ningún empleado hará ningún tipo de pago, directo o indirecto a cualquier funcionario público como incentivo para conseguir o mantener un negocio, para decretar, revocar, ni violar una ley o regulación, ni para obtener una licencia o permiso.
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES - No habrá discriminación contra ningún empleado o aspirante a causa de la raza, religión, color, sexo, orientación sexual, edad, origen nacional ni étnico, ni la discapacidad física (a menos que las demandas del puesto sean prohibitivas). La Compañía mantendrá un ámbito laboral libre de prácticas discriminatorias de cualquier tipo.
SALUD, SEGURIDAD y PROTECCIÓN AMBIENTAL - Es política de la Empresa prestar la debida consideración a la salud y seguridad de sus empleados, funcionarios y directores y otros así como al estado del medio ambiente.
USO DE AGENTES – Representantes o otros no-empleados no podrán ser utilizados para romper la ley o para realizar prácticas contrarias a este código.
OPERACIONES Y PRÁCTICAS EMPRESARIALES INTERNACIONALES - Los Empleados, Funcionarios y Directores que operan fuera de Canadá tienen una responsabilidad especial de conocer y obedecer las leyes y las regulaciones de los países donde actúan para la Compañía, así como de conducirse de acuerdo con las prácticas empresariales locales. La Compañía reconoce que las leyes, regulaciones, prácticas empresariales y las costumbres varían en el mundo y que, en ciertos casos, pueden ser diferentes a las leyes, regulaciones, prácticas empresariales y costumbres de Canadá. La Compañía y sus empleados, funcionarios y directores intentarán esforzarse por cumplir con todas leyes aplicables inclusive aquellas relacionadas a prácticas anticorrupción extranjeras.


